noticias

VOLVER AL LISTADO

Propuesta de Reglamento relativo a patentes esenciales en la Unión Europea

19/07/2023

Las patentes que protegen una tecnología indispensable para implementar una norma o estándar específico se conocen como patentes esenciales para una norma (PEN). Estas patentes están relacionadas con tecnologías clave que se utilizan en la fabricación, desarrollo o implementación de productos o servicios en una determinada industria.

 

En el contexto de los estándares tecnológicos, como los utilizados en las comunicaciones móviles, las PEN desempeñan un papel crucial. Cuando se establece un estándar, es importante que los titulares de patentes se puedan comprometer a licenciar estas patentes en condiciones justas, razonables y no discriminatorias (FRAND, por sus siglas en inglés). Esto significa que terceros interesados puedan obtener licencias para utilizar una tecnología esencial de manera justa y sin discriminación.

 

El objetivo principal de las PEN y las licencias FRAND es fomentar la innovación y promover la adopción generalizada de estándares tecnológicos. Al garantizar que los titulares de patentes esenciales no abusen de su posición dominante, se evita el bloqueo de la competencia y se fomenta un entorno de colaboración y cooperación entre diferentes actores de la industria.

 

La Unión Europea se propone abordar las PEN y las condiciones FRAND mediante un Reglamento. Así, se ha presentado una propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las patentes esenciales para normas y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

 

Puede accederse a la propuesta de Reglamento a través de los siguientes enlaces, para su versión en español, y su versión en inglés.

 

Esta propuesta de Reglamento, según se indica en su Artículo 1, establece las siguientes reglas sobre las patentes esenciales para una norma (PEN):

a) reglas que aportan una mayor transparencia con respecto a la información necesaria para la concesión de licencias de PEN;

b) reglas sobre el registro de PEN;

c) un procedimiento para evaluar la esencialidad de las PEN registradas;

d) un procedimiento para la resolución amistosa de litigios relacionados con el carácter justo, razonable y no discriminatorio de las condiciones (determinación de FRAND);

e) competencias conferidas a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (OPIUE) para el desempeño de las funciones expuestas en el presente Reglamento.

 

Se indica además en la propuesta que el Reglamento se aplicará a las patentes que sean esenciales para una norma que haya sido publicada por un organismo de normalización con el cual el titular de PEN se haya comprometido a conceder licencias de sus PEN en condiciones FRAND y que no esté sujeto a una política de propiedad intelectual e industrial exenta de cánones.

Xavier Montalvo

Ingeniero de Telecomunicación.

Agente ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).

Asociado senior.